Calculadora de incremento legal y aniversarios omitidos

Escriba el canon y el número de contratos. Los resultados se actualizan mientras escribe.

Datos

Si tiene varios cánones distintos, use el promedio.
Tipo de inmueble
En local comercial el incremento es el pactado en el contrato, no hay tope legal.
Si lo deja vacío, usamos 8 % de los contratos, redondeado. Es lo que encontramos como cifra habitual.

Resultados

Incremento máximo
5,10 %

Canon nuevo

Lo que deja de cobrar al año por cada aniversario omitido

Incremento mensual × 12 meses.

Total anual por los aniversarios omitidos

La pérdida no se recupera: el incremento sin aviso por escrito es inoponible (Ley 820 de 2003, art. 20) y se acumula sobre el resto del contrato.
En local comercial el incremento es el pactado en el contrato. El cálculo usa únicamente el porcentaje que usted escribió.

Si me envía su lista de contratos, le cuento sin costo cuántos aniversarios se pasaron

Basta con la fecha de inicio y la fecha del último incremento de cada contrato. No necesito nombres ni documentos.

Información general con fines ilustrativos; no constituye asesoría legal. El tope de 5,10 % corresponde al IPC de 2025 certificado por el DANE y aplica a vivienda urbana según la Ley 820 de 2003.